TITULO
DEL PUESTO
CONSEJEROS
DE ESTUDIANTES
MISIÓN
DEL PUESTO:
Desarrollar
procesos de acompañamiento y disciplina escolar fundamentados en principios
democráticos, respeto a los derechos humanos, valores y demás garantías inherentes
a la persona humana, para el logro de una formación integral de calidad en los
educandos.
Dependerá
jerárquicamente del Jefe del Departamento de Consejería.
FUNCIONES:
1.
Participar en la elaboración y ejecución del Plan Operativo Anual (POA) del
Departamento
en función de las necesidades, intereses y problemas de los educandos.
2.
Velar porque las pertenencias del departamento se conserven en buen estado, se usen
correctamente y que no se extravíen.
3.
Llevar el expediente acumulativo de meritos y deméritos del alumno en los cursos
asignados, garantizando la confidencialidad de la información.
4.
Consignar en los libros respectivos los aspectos relativos a la disciplina
escolar, diario pedagógico de los docentes, la ficha disciplinaria de los
alumnos (as), y el registro de visitas o convocatorias a padres y madres de
familia y la aplicación de cualquier otro instrumento que beneficie el proceso
de aprendizaje.
5.
Apoyar al personal del departamento de orientación en la búsqueda de alternativas
de solución a los problemas emocionales, vocacionales y de cualquier índole que
afectan el rendimiento académico y relaciones interpersonales de los
estudiantes.
6.
Cooperar con el personal del departamento de orientación en el funcionamiento de
la Escuela de y para Padres o encargados de los estudiantes.
7.
Participar en todas las actividades que se desarrollen en el Centro Educativo relacionadas
con la prevención en el consumo de alcohol, drogas, estupefacientes,
asociaciones ilícitas y demás actividades que lo ubiquen en riesgo social.
8.
Colaborar en la ejecución de los programas y proyectos de educación sexual basada
en valores, orientados a promover una cultura de prevención y salud integral.
Propuesta
Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales,
Secretaría de Educación,
Secretaría
de Finanzas/Septiembre 2007
28
9.
Ejercer supervisión a las cafeterías que expenden bebidas y alimentos al
interior del Centro Educativo a fin de garantizar el buen servicio, la calidad
e higiene de los productos y locales.
10.
Desarrollar y gestionar con profesionales al interior y exterior del centro educativo
tutorías, charlas, conferencias, talleres para la atención de los alumnos
cuando se produzcan ausencias docentes.
11.
Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias a las que fuere convocado
12.
Informar al jefe de consejeros del departamento de consejería las inasistencias
de los (as) docentes (as), así como también el comportamiento de los
Estudiantes para los efectos legales correspondientes.
13.
Supervisar diariamente las condiciones de higiene en las aulas y dependencias asignadas,
en caso contrario girar las órdenes pertinentes a quien corresponda.
14.
Verificar que los alumnos vistan en forma correcta su uniforme diario y cumplan
las reglas de presentación personal establecidas en el reglamento interno y
demás disposiciones existentes en el centro educativo.
15.
Comunicar a los docentes las disposiciones de las Autoridades inmediatas superiores.
16.
Sugerir a las autoridades del establecimiento y personal docente, las medidas o
acciones que sea necesario ejecutar a fin de que los alumnos cooperen en la disciplina
del centro educativo.
17.
Verificar que los alumnos cumplan las sanciones que le impongan las autoridades
competentes.
18.
Supervisar que los estudiantes no introduzcan al establecimiento, armas de fuego,
y objetos cortó punzantes, sustancias alucinógenas, aparatos electrónicos no
necesarios en el proceso de aprendizaje de aula o perjudique la salud y seguridad
individual.
19.
Cumplir con las demás obligaciones que le señale el Reglamento Interno del establecimiento.
20.
Cumplir y hacer cumplir las órdenes y disposiciones de sus superiores en el marco
de la ley y de sus funciones.
ESPECIFICACIONES
DEL PUESTO:
• FORMACIÓN ESCOLAR:
o Acreditar
el Título de Profesor de Educación Media ó Licenciados en
Pedagogía.
Propuesta
Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones
Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría
de Finanzas/Septiembre 2007
29
• EXPERIENCIA:
o Acreditar
cinco años de experiencia docente, por la Subgerencia de
Recursos
Humanos Docentes.
• CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO:
1.
Ser hondureño por nacimiento.
2.
Estar en el goce de sus derechos civiles;
3.
Constancia de afiliación y solvencia extendida por la Organización
Magisterial
al que pertenezca el Docente;
4.
Estar Inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditado mediante carné
extendido por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
5. Aprobar
el respectivo concurso.
6. Los
Centroamericanos y de otras nacionalidades podrán ingresar a la carrera de
docente de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 8 del
Estatuto
del Docente y 6 del Reglamento.
Propuesta
Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones
Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría
de Finanzas/Septiembre 2007
30
TITULO
DEL PUESTO
DIRECTOR
DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN
DEL PUESTO:
Garantizar
la conducción, planificación, organización, y evaluación de las actividades administrativas,
técnicas, docentes y de gestión, a fin de obtener rendimiento profesional de
alta calidad, que asegure el uso eficiente de los recursos del centro educativo,
para obtener una educación pertinente, significativa y relevante, con proyección
a la comunidad.
FUNCIONES
1. Elaborar
con la participación del Personal Docente y preferentemente con la participación
de representantes de la comunidad en el Proyecto Educativo de
2. Centro
(PEC) y el del Plan Operativo Anual (POA).
3. Presentar
los documentos de funcionamiento del centro educativo ante el director
distrital respectivo para su aprobación.
4. Elaborar
los horarios del centro educativo solicitando la colaboración del personal.
5. Elaborar,
desarrollar y evaluar el programa de supervisión del Centro Educativo, para
garantizar una educación de calidad, consignando en el libro respectivo las
actas de las supervisiones realizadas.
6. Gestionar
acciones de actualización o profesionalización para mejorar el desempeño del
personal.
7. Promover
las actividades productivas del Centro con fines de autogestión educativa.
8. Promover
la integración de la escuela-comunidad a efecto de obtener una estrecha
relación de apoyo mutuo.
9. Elaborar
y ejercer control sobre el presupuesto de ingresos y egresos, haciendo las
respectivas asignaciones a las diferentes dependencias, de conformidad al instrumento
técnico presupuestario para la compra y suministro sobre los ingresos del
centro educativo.
10. Promover
programas de desarrollo de actividades de investigación, experimentación
científica y tecnológica a través de: ferias científicas, exposiciones,
conferencias, foros públicos y otras actividades complementarias, informando a
la autoridad inmediata superior.
11. Cumplir
y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente
12. Hondureño,
su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y las políticas
que reciba de las autoridades superiores.
13. Organizar
y presidir el Consejo General de Profesores y el Consejo Técnico del establecimiento.
14. Dirigir
la organización y funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del
establecimiento, proporcionando al personal las orientaciones pedagógicas y toda
otra ayuda necesaria para mejorar la enseñanza.
15. Brindar
todo su apoyo a las Dependencias y al personal para que cumplan con eficiencia
su función, y asumir o delegar funciones de los cargos que no existan en el
Centro Educativo.
16. Organizar
al personal del centro educativo para maximizar el recurso humano de tal manera,
que se trabaje en equipo en función de lograr los objetivos institucionales.
17. Hacer
gestiones y promover la realización de actividades, con la participación de profesores,
estudiantes y miembros de la comunidad, encaminadas a procurar mejoras en el
establecimiento.
18. Autorizar
con su firma y sello los documentos oficiales emitidos en el centro educativo.
19. Presentar
informes escritos a la Dirección Distrital respectiva, los hechos extraordinarios
y el avance del plan operativo anual.
20. Gestionar
ante la Dirección Departamental a través de la Dirección Distrital la solución
de problemas y necesidades de recursos humanos, materiales y financieros.
21. Levantar
inventario del establecimiento al final de cada año lectivo y remitirlo a la
autoridad inmediata superior.
22. Conceder
permiso al personal docente por motivos justificados de acuerdo a lo que
establece el Estatuto del Docente Hondureño y su Reglamento. En los casos de
empleados por servicio civil y por contrato conforme a sus leyes y reglamentos.
23. Velar
por la permanente atención de los alumnos girando las instrucciones correspondientes
en caso de la ausencia del docente.
24. Conservar
en buen estado las instalaciones físicas, sus ambientes pedagógicos y sanitarios,
para el desarrollo del proceso educativo.
25. Mantener
relaciones armónicas con los padres de familia, autoridades e instituciones a
fin de obtener cooperación para el desarrollo de la enseñanza.
26. Mantener
comunicación permanente con el Subdirector y el Secretario de todos los asuntos
concernientes al establecimiento y notificarle con anticipación cuando tenga
que ausentarse del mismo.
27. Asegurar
el cumplimiento de las disposiciones del reglamento interno de los centros
educativos con internado.
28. Representar
responsablemente al Centro Educativo en actos oficiales dentro y fuera de la
Institución.
29. Presentar
a la autoridad inmediata superior el informe anual de labores realizadas,
informe estadísticos y otros que le sean solicitados.
30. Cumplir
y hacer cumplir las disposiciones de las leyes educativas y leyes concernientes
a su cargo.
31. Realizar
las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.
ESPECIFICACIONES
DEL PUESTO:
• FORMACIÓN ESCOLAR.
Para
Directores de Centros Educativos de Educación Media
Profesor
de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración
Educativa y Ciencias de la Educación.
Para
Directores de Centros Educativos de Educación Media.
Cuarta Clase:
Acreditar
5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
Segunda y Tercera Clase:
Acreditar
7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
De Primera Clase:
Acreditar
12 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
Para
centros de educación especializada se requiere acreditar la formación y experiencia
en el campo al que aplica.
• CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1.
Ser hondureño por nacimiento,
2.
Estar en el goce de sus derechos civiles,
3. No
poseer antecedentes penales,
4.
Aprobar el respectivo concurso,
5.
Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial
a la que pertenezca el docente,
6. Estar
inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné
extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.
TITULO
DEL PUESTO
SECRETARIO
DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN
DEL PUESTO:
Garantizar
la confiabilidad, legalidad y custodia de todas las acciones, actos y documentos
oficiales ejecutados en el centro educativo, para el logro del fortalecimiento institucional.
FUNCIONES:
1. Participar
con el director, personal docente y preferentemente con de representantes de la
comunidad, en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC) y el del
Plan Operativo Anual (POA).
2. Colaborar
en la elaboración de los documentos de funcionamiento, que serán presentados
ante el director distrital por el director del centro educativo para su
aprobación respectiva.
3. Presentar
ante la autoridad inmediata superior el Plan Operativo Anual (POA) de su
dependencia.
4. Apoyar
al director en la evaluación y documentación del programa de supervisión.
5. Participar
en el proceso de proyección e integración de la escuela-comunidad a efecto de
obtener una estrecha relación de apoyo mutuo.
6. Cumplir
y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente
Hondureño, su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y
las políticas que reciba de las autoridades superiores, en el marco de la Ley y
sus funciones.
Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por:
Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007
7. Apoyar
la organización, funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del
establecimiento.
8. Colaborar
en la organización del centro educativo para maximizar el rendimiento del
recurso humano, promoviendo el trabajo en equipo en función de cumplir o
superar los objetivos institucionales.
9. Custodiar
libros, archivos y demás documentación oficial.
10. Refrendar
actos y documentos emitidos por la dirección.
11. Colaborar
en la elaboración y actualización del reglamento interno, horario general de
clases y calendario de exámenes.
12. Responder
de todos los actos y trabajos que se realicen en la Secretaría.
13. Mantener
ordenado y clasificado el archivo del establecimiento.
14. Recibir
y enviar la correspondencia y otros documentos oficiales del centro educativo.
15. Presentar
al director los informes del resumen de las inasistencias de los profesores,
empleados de servicio civil, jornales, contratos y alumnos, para los efectos
legales de conformidad con los informes suministrados por el empleado del establecimiento,
a quien el director comisione para llevar este control.
16. Actuar
como secretario y firmar con el director las actas del consejo de profesores,
del consejo técnico y de otros organismos que estén contemplados en el
reglamento interno del centro educativo.
17. Extender
certificaciones sobre los hechos que consten en el registro del
establecimiento.
18. Elaborar
los expedientes de historial académico de los estudiantes, con fines de
promoción y graduación.
19. Presentar
las solicitudes de examen general, acompañados por los documentos de ley,
firmar las actas correspondientes y asegurándose que las ternas examinadoras
firmen las actas.
20. Autorizar
con el director la matrícula de los estudiantes.
21. Presentar
al director los informes estadísticos de la evaluación de los alumnos de
conformidad a la calendarización del centro educativo, a más tardar 20 días
después de efectuados los exámenes ordinarios y 10 días después de efectuados
los extraordinarios y/o de recuperación.
22. Fiscalizar
el tiraje de las pruebas de evaluación y responsabilizarse de mantenerlas en
estricta custodia hasta su aplicación.
Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por:
Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007
23. Proporcionar
a los padres y recomendados los informes de resultados de evaluación de los
estudiantes correspondientes al período académico y finales del año escolar con
el visto bueno del director, dentro de los diez días hábiles después de finalizado
cada período de evaluación.
24. Cumplir
con las obligaciones que le señale el reglamento interno del establecimiento.
25. Realizar
las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.
ESPECIFICACIONES
DEL PUESTO:
• FORMACIÓN ESCOLAR.
Profesor
de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración
Educativa y Ciencias de la Educación.
• EXPERIENCIA:
Para
Secretarios de Centros Educativos de Educación Media.
Cuarta
Clase:
Acreditar
5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
Segunda y Tercera Clase:
Acreditar
7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
De Primera Clase:
Acreditar
10 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
• CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1.
Ser hondureño por nacimiento,
2.
Estar en el goce de sus derechos civiles,
3. No
poseer antecedentes penales,
4.
Aprobar el respectivo concurso,
5.
Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial
a la que pertenezca el docente,
6. Estar
inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné
extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.
TITULO
DEL PUESTO
SUB-DIRECTOR
DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN
DEL PUESTO:
Asistir
y participar en el desarrollo de la planificación, organización, y evaluación
de las actividades administrativas, técnicas, docentes y de gestión, a fin de
obtener rendimiento profesional de alta calidad, que asegure el uso eficiente
de los recursos del centro educativo, para obtener una educación pertinente,
significativa y relevante, con proyección a la comunidad.
FUNCIONES:
1. Participar
con el director, personal docente y preferentemente con la participación de
representantes de la comunidad, en la elaboración del Proyecto Educativo de
Centro (PEC) y el del Plan Operativo Anual (POA).
2.
Asumir las responsabilidades administrativas, delegadas en forma escrita por el
director de la institución.
3.
Colaborar en la elaboración de los documentos de funcionamiento, que serán presentados
ante el director distrital por el director del centro educativo para su aprobación
respectiva.
4.
Colaborar en la elaboración de los horarios del centro educativo.
5.
Apoyar al director en la elaboración, desarrollo y evaluación del programa de supervisión
y acompañamiento a docentes para mejorar el proceso educativo.
6.
Cooperar con el director(a) en las gestiones y acciones de actualización o profesionalización
para elevar los parámetros de rendimiento profesional de los docentes.
7.
Promover las actividades productivas del Centro con fines de autogestión educativa.
8.
Participar en el proceso de proyección e integración de la escuela-comunidad a efecto
de obtener una estrecha relación de apoyo mutuo.
9.
Apoyar a la dirección en la elaboración y aplicación de medios de control en el
presupuesto de ingresos y egresos.
10.
Promover programas de desarrollo de actividades de investigación, experimentación
científica y tecnológica a través de: ferias científicas, exposiciones,
conferencias, foros públicos y otras actividades complementarias, informando a
la autoridad inmediata superior.
11.
Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente
Hondureño,
su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y las políticas
que reciba de las autoridades superiores, en el marco de la Ley y sus funciones.
12.
Apoyar la organización, funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del
establecimiento, proporcionando al personal las orientaciones pertinentes y toda
otra ayuda necesaria para mejorar la enseñanza.
13.
Brindar todo su apoyo a las Dependencias y al personal para que cumplan con eficiencia
su función.
14.
Colaborar en la organización del centro educativo para maximizar el rendimiento
del recurso humano, promoviendo el trabajo en equipo en función de cumplir o
superar los objetivos institucionales.
15.
Colaborar con el director en las gestiones de promoción en la realización de actividades
educativas y financieras con la participación de profesores, estudiantes, miembros
de la comunidad y otras instituciones gubernamentales encaminadas a procurar
mejoras en el establecimiento.
16.
Colaborar en la verificación y elaboración del inventario del establecimiento.
17.
Elaborar el calendario de vacaciones para los miembros del personal regido por servicio
civil y contrato.
18.
Velar por la permanente atención de los alumnos girando las instrucciones correspondientes
en caso de la ausencia del docente.
19.
Girar instrucciones para la conservación del buen estado de las instalaciones físicas,
sus ambientes pedagógicos y sanitarios, de manera que siempre se encuentren en
condiciones óptimas de uso para el desarrollo del proceso educativo.
20.
Mantener relaciones armónicas con los padres de familia, autoridades e instituciones
a fin de obtener cooperación para el desarrollo de la enseñanza.
21.
Mantener comunicación permanente con el Director y el Secretario de todos los asuntos
concernientes al establecimiento y notificarle por escrito y con anticipación
cuando tenga que ausentarse del mismo.
22. Dirigir
y supervisar la vida disciplinaria del centro educativo con la participación de
los consejeros de estudiantes, personal de orientación, coordinaciones,
jefaturas y docentes en general.
23.
Velar por la asistencia regular de los alumnos, uso reglamentario del uniforme
y concederles permiso por motivos justificados.
24.
Controlar el libro de incidencias diarias y el diario pedagógico que lleva el
Departamento
de Consejería.
25.
Asesorar en cooperación con el Orientador, a los Consejeros de Estudiantes y
Profesores
Guías, para que desarrollen una función educativa en la formación moral y
social de los educandos.
26.
Supervisar el cumplimiento de las disposiciones del reglamento interno de los centros
educativos con internado.
27.
Representar al Centro Educativo en actos oficiales dentro y fuera de la
Institución,
cuando sea delegado por el Director.
28.
Presentar a la autoridad inmediata superior el informe anual de labores realizadas
y otros que le sean solicitados.
29.
Cumplir y hacer cumplir las leyes educativas.
30.
Realizar las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.
ESPECIFICACIONES
DEL PUESTO:
• FORMACIÓN ESCOLAR.
Para Sub
Directores de Centros Educativos de Educación Media
Profesor
de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración
Educativa y Ciencias de la Educación.
• EXPERIENCIA:
Para Sub
Directores de Centros Educativos de Educación Media.
Cuarta
Clase:
Acreditar
5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
Segunda
y Tercera Clase:
Acreditar
7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
De
Primera Clase:
Acreditar
12 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas
por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes. Para centros de educación
especializada se requiere acreditar la formación y experiencia en el campo al
que aplica.
• CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1.
Ser hondureño por nacimiento,
2.
Estar en el goce de sus derechos civiles,
3. No
poseer antecedentes penales,
4.
Aprobar el respectivo concurso,
5.
Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial
a la que pertenezca el docente,
6. Estar
inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné
extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.