jueves, 16 de marzo de 2017

Funciones del consejero, director, orientador subdirector y secretario

TITULO DEL PUESTO
CONSEJEROS DE ESTUDIANTES
MISIÓN DEL PUESTO:
Desarrollar procesos de acompañamiento y disciplina escolar fundamentados en principios democráticos, respeto a los derechos humanos, valores y demás garantías inherentes a la persona humana, para el logro de una formación integral de calidad en los educandos.
Dependerá jerárquicamente del Jefe del Departamento de Consejería.

FUNCIONES:
1. Participar en la elaboración y ejecución del Plan Operativo Anual (POA) del
Departamento en función de las necesidades, intereses y problemas de los educandos.

2. Velar porque las pertenencias del departamento se conserven en buen estado, se usen correctamente y que no se extravíen.

3. Llevar el expediente acumulativo de meritos y deméritos del alumno en los cursos asignados, garantizando la confidencialidad de la información.

4. Consignar en los libros respectivos los aspectos relativos a la disciplina escolar, diario pedagógico de los docentes, la ficha disciplinaria de los alumnos (as), y el registro de visitas o convocatorias a padres y madres de familia y la aplicación de cualquier otro instrumento que beneficie el proceso de aprendizaje.

5. Apoyar al personal del departamento de orientación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas emocionales, vocacionales y de cualquier índole que afectan el rendimiento académico y relaciones interpersonales de los estudiantes.

6. Cooperar con el personal del departamento de orientación en el funcionamiento de la Escuela de y para Padres o encargados de los estudiantes.

7. Participar en todas las actividades que se desarrollen en el Centro Educativo relacionadas con la prevención en el consumo de alcohol, drogas, estupefacientes, asociaciones ilícitas y demás actividades que lo ubiquen en riesgo social.

8. Colaborar en la ejecución de los programas y proyectos de educación sexual basada en valores, orientados a promover una cultura de prevención y salud integral.
Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007
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9. Ejercer supervisión a las cafeterías que expenden bebidas y alimentos al interior del Centro Educativo a fin de garantizar el buen servicio, la calidad e higiene de los productos y locales.

10. Desarrollar y gestionar con profesionales al interior y exterior del centro educativo tutorías, charlas, conferencias, talleres para la atención de los alumnos cuando se produzcan ausencias docentes.
11. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias a las que fuere convocado

12. Informar al jefe de consejeros del departamento de consejería las inasistencias de los (as) docentes (as), así como también el comportamiento de los Estudiantes para los efectos legales correspondientes.

13. Supervisar diariamente las condiciones de higiene en las aulas y dependencias asignadas, en caso contrario girar las órdenes pertinentes a quien corresponda.

14. Verificar que los alumnos vistan en forma correcta su uniforme diario y cumplan las reglas de presentación personal establecidas en el reglamento interno y demás disposiciones existentes en el centro educativo.

15. Comunicar a los docentes las disposiciones de las Autoridades inmediatas superiores.

16. Sugerir a las autoridades del establecimiento y personal docente, las medidas o acciones que sea necesario ejecutar a fin de que los alumnos cooperen en la disciplina del centro educativo.

17. Verificar que los alumnos cumplan las sanciones que le impongan las autoridades competentes.

18. Supervisar que los estudiantes no introduzcan al establecimiento, armas de fuego, y objetos cortó punzantes, sustancias alucinógenas, aparatos electrónicos no necesarios en el proceso de aprendizaje de aula o perjudique la salud y seguridad individual.

19. Cumplir con las demás obligaciones que le señale el Reglamento Interno del establecimiento.

20. Cumplir y hacer cumplir las órdenes y disposiciones de sus superiores en el marco de la ley y de sus funciones.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
FORMACIÓN ESCOLAR:
o Acreditar el Título de Profesor de Educación Media ó Licenciados en
Pedagogía.
Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007
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EXPERIENCIA:
o Acreditar cinco años de experiencia docente, por la Subgerencia de
Recursos Humanos Docentes.
CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO:
1. Ser hondureño por nacimiento.
2. Estar en el goce de sus derechos civiles;
3. Constancia de afiliación y solvencia extendida por la Organización
Magisterial al que pertenezca el Docente;
4. Estar Inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditado mediante carné extendido por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
5. Aprobar el respectivo concurso.
6. Los Centroamericanos y de otras nacionalidades podrán ingresar a la carrera de docente de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 8 del
Estatuto del Docente y 6 del Reglamento.
Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007
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TITULO DEL PUESTO
DIRECTOR DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN DEL PUESTO:
Garantizar la conducción, planificación, organización, y evaluación de las actividades administrativas, técnicas, docentes y de gestión, a fin de obtener rendimiento profesional de alta calidad, que asegure el uso eficiente de los recursos del centro educativo, para obtener una educación pertinente, significativa y relevante, con proyección a la comunidad.

FUNCIONES
1.      Elaborar con la participación del Personal Docente y preferentemente con la participación de representantes de la comunidad en el Proyecto Educativo de
2.      Centro (PEC) y el del Plan Operativo Anual (POA).

3.      Presentar los documentos de funcionamiento del centro educativo ante el director distrital respectivo para su aprobación.

4.      Elaborar los horarios del centro educativo solicitando la colaboración del personal.

5.      Elaborar, desarrollar y evaluar el programa de supervisión del Centro Educativo, para garantizar una educación de calidad, consignando en el libro respectivo las actas de las supervisiones realizadas.

6.      Gestionar acciones de actualización o profesionalización para mejorar el desempeño del personal.

7.      Promover las actividades productivas del Centro con fines de autogestión educativa.

8.      Promover la integración de la escuela-comunidad a efecto de obtener una estrecha relación de apoyo mutuo.

9.      Elaborar y ejercer control sobre el presupuesto de ingresos y egresos, haciendo las respectivas asignaciones a las diferentes dependencias, de conformidad al instrumento técnico presupuestario para la compra y suministro sobre los ingresos del centro educativo.

10.  Promover programas de desarrollo de actividades de investigación, experimentación científica y tecnológica a través de: ferias científicas, exposiciones, conferencias, foros públicos y otras actividades complementarias, informando a la autoridad inmediata superior.

11.  Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente
12.  Hondureño, su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y las políticas que reciba de las autoridades superiores.

13.  Organizar y presidir el Consejo General de Profesores y el Consejo Técnico del establecimiento.

14.  Dirigir la organización y funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del establecimiento, proporcionando al personal las orientaciones pedagógicas y toda otra ayuda necesaria para mejorar la enseñanza.

15.  Brindar todo su apoyo a las Dependencias y al personal para que cumplan con eficiencia su función, y asumir o delegar funciones de los cargos que no existan en el Centro Educativo.

16.  Organizar al personal del centro educativo para maximizar el recurso humano de tal manera, que se trabaje en equipo en función de lograr los objetivos institucionales.

17.  Hacer gestiones y promover la realización de actividades, con la participación de profesores, estudiantes y miembros de la comunidad, encaminadas a procurar mejoras en el establecimiento.

18.  Autorizar con su firma y sello los documentos oficiales emitidos en el centro educativo.

19.  Presentar informes escritos a la Dirección Distrital respectiva, los hechos extraordinarios y el avance del plan operativo anual.

20.  Gestionar ante la Dirección Departamental a través de la Dirección Distrital la solución de problemas y necesidades de recursos humanos, materiales y financieros.

21.  Levantar inventario del establecimiento al final de cada año lectivo y remitirlo a la autoridad inmediata superior.

22.  Conceder permiso al personal docente por motivos justificados de acuerdo a lo que establece el Estatuto del Docente Hondureño y su Reglamento. En los casos de empleados por servicio civil y por contrato conforme a sus leyes y reglamentos.

23.  Velar por la permanente atención de los alumnos girando las instrucciones correspondientes en caso de la ausencia del docente.

24.  Conservar en buen estado las instalaciones físicas, sus ambientes pedagógicos y sanitarios, para el desarrollo del proceso educativo.

25.  Mantener relaciones armónicas con los padres de familia, autoridades e instituciones a fin de obtener cooperación para el desarrollo de la enseñanza.

26.  Mantener comunicación permanente con el Subdirector y el Secretario de todos los asuntos concernientes al establecimiento y notificarle con anticipación cuando tenga que ausentarse del mismo.

27.  Asegurar el cumplimiento de las disposiciones del reglamento interno de los centros educativos con internado.

28.  Representar responsablemente al Centro Educativo en actos oficiales dentro y fuera de la Institución.
29.  Presentar a la autoridad inmediata superior el informe anual de labores realizadas, informe estadísticos y otros que le sean solicitados.

30.  Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de las leyes educativas y leyes concernientes a su cargo.

31.  Realizar las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
FORMACIÓN ESCOLAR.
Para Directores de Centros Educativos de Educación Media
Profesor de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración Educativa y Ciencias de la Educación.

Para Directores de Centros Educativos de Educación Media.
􀂾 Cuarta Clase:
Acreditar 5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
􀂾 Segunda y Tercera Clase:
Acreditar 7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.

􀂾 De Primera Clase:
Acreditar 12 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
Para centros de educación especializada se requiere acreditar la formación y experiencia en el campo al que aplica.

CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1. Ser hondureño por nacimiento,
2. Estar en el goce de sus derechos civiles,
3. No poseer antecedentes penales,
4. Aprobar el respectivo concurso,
5. Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial a la que pertenezca el docente,
6. Estar inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.




TITULO DEL PUESTO
SECRETARIO DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN DEL PUESTO:
Garantizar la confiabilidad, legalidad y custodia de todas las acciones, actos y documentos oficiales ejecutados en el centro educativo, para el logro del fortalecimiento institucional.

FUNCIONES:

1.      Participar con el director, personal docente y preferentemente con de representantes de la comunidad, en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC) y el del Plan Operativo Anual (POA).

2.      Colaborar en la elaboración de los documentos de funcionamiento, que serán presentados ante el director distrital por el director del centro educativo para su aprobación respectiva.

3.      Presentar ante la autoridad inmediata superior el Plan Operativo Anual (POA) de su dependencia.

4.      Apoyar al director en la evaluación y documentación del programa de supervisión.

5.      Participar en el proceso de proyección e integración de la escuela-comunidad a efecto de obtener una estrecha relación de apoyo mutuo.

6.      Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente Hondureño, su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y las políticas que reciba de las autoridades superiores, en el marco de la Ley y sus funciones.

Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007

7.      Apoyar la organización, funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del establecimiento.

8.      Colaborar en la organización del centro educativo para maximizar el rendimiento del recurso humano, promoviendo el trabajo en equipo en función de cumplir o superar los objetivos institucionales.

9.      Custodiar libros, archivos y demás documentación oficial.

10.  Refrendar actos y documentos emitidos por la dirección.

11.  Colaborar en la elaboración y actualización del reglamento interno, horario general de clases y calendario de exámenes.

12.  Responder de todos los actos y trabajos que se realicen en la Secretaría.

13.  Mantener ordenado y clasificado el archivo del establecimiento.

14.  Recibir y enviar la correspondencia y otros documentos oficiales del centro educativo.

15.  Presentar al director los informes del resumen de las inasistencias de los profesores, empleados de servicio civil, jornales, contratos y alumnos, para los efectos legales de conformidad con los informes suministrados por el empleado del establecimiento, a quien el director comisione para llevar este control.

16.  Actuar como secretario y firmar con el director las actas del consejo de profesores, del consejo técnico y de otros organismos que estén contemplados en el reglamento interno del centro educativo.

17.  Extender certificaciones sobre los hechos que consten en el registro del establecimiento.

18.  Elaborar los expedientes de historial académico de los estudiantes, con fines de promoción y graduación.

19.  Presentar las solicitudes de examen general, acompañados por los documentos de ley, firmar las actas correspondientes y asegurándose que las ternas examinadoras firmen las actas.

20.  Autorizar con el director la matrícula de los estudiantes.

21.  Presentar al director los informes estadísticos de la evaluación de los alumnos de conformidad a la calendarización del centro educativo, a más tardar 20 días después de efectuados los exámenes ordinarios y 10 días después de efectuados los extraordinarios y/o de recuperación.

22.  Fiscalizar el tiraje de las pruebas de evaluación y responsabilizarse de mantenerlas en estricta custodia hasta su aplicación.

Propuesta Elaborada por Comisión Integrada por: Representantes de las Organizaciones Magisteriales, Secretaría de Educación,
Secretaría de Finanzas/Septiembre 2007

23.  Proporcionar a los padres y recomendados los informes de resultados de evaluación de los estudiantes correspondientes al período académico y finales del año escolar con el visto bueno del director, dentro de los diez días hábiles después de finalizado cada período de evaluación.

24.  Cumplir con las obligaciones que le señale el reglamento interno del establecimiento.

25.  Realizar las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:

FORMACIÓN ESCOLAR.
Profesor de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración Educativa y Ciencias de la Educación.

EXPERIENCIA:
Para Secretarios de Centros Educativos de Educación Media.
 Cuarta Clase:
Acreditar 5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
􀂾 Segunda y Tercera Clase:
Acreditar 7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
􀂾 De Primera Clase:
Acreditar 10 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.

CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1. Ser hondureño por nacimiento,

2. Estar en el goce de sus derechos civiles,

3. No poseer antecedentes penales,

4. Aprobar el respectivo concurso,

5. Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial a la que pertenezca el docente,

6. Estar inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.








TITULO DEL PUESTO
SUB-DIRECTOR DE CENTRO EDUCATIVO
MISIÓN DEL PUESTO:
Asistir y participar en el desarrollo de la planificación, organización, y evaluación de las actividades administrativas, técnicas, docentes y de gestión, a fin de obtener rendimiento profesional de alta calidad, que asegure el uso eficiente de los recursos del centro educativo, para obtener una educación pertinente, significativa y relevante, con proyección a la comunidad.

FUNCIONES:
1. Participar con el director, personal docente y preferentemente con la participación de representantes de la comunidad, en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC) y el del Plan Operativo Anual (POA).

2. Asumir las responsabilidades administrativas, delegadas en forma escrita por el director de la institución.

3. Colaborar en la elaboración de los documentos de funcionamiento, que serán presentados ante el director distrital por el director del centro educativo para su aprobación respectiva.

4. Colaborar en la elaboración de los horarios del centro educativo.

5. Apoyar al director en la elaboración, desarrollo y evaluación del programa de supervisión y acompañamiento a docentes para mejorar el proceso educativo.

6. Cooperar con el director(a) en las gestiones y acciones de actualización o profesionalización para elevar los parámetros de rendimiento profesional de los docentes.

7. Promover las actividades productivas del Centro con fines de autogestión educativa.

8. Participar en el proceso de proyección e integración de la escuela-comunidad a efecto de obtener una estrecha relación de apoyo mutuo.

9. Apoyar a la dirección en la elaboración y aplicación de medios de control en el presupuesto de ingresos y egresos.

10. Promover programas de desarrollo de actividades de investigación, experimentación científica y tecnológica a través de: ferias científicas, exposiciones, conferencias, foros públicos y otras actividades complementarias, informando a la autoridad inmediata superior.

11. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, el Estatuto del Docente
Hondureño, su Reglamento, el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios y las políticas que reciba de las autoridades superiores, en el marco de la Ley y sus funciones.

12. Apoyar la organización, funcionamiento pedagógico, técnico y administrativo del establecimiento, proporcionando al personal las orientaciones pertinentes y toda otra ayuda necesaria para mejorar la enseñanza.

13. Brindar todo su apoyo a las Dependencias y al personal para que cumplan con eficiencia su función.

14. Colaborar en la organización del centro educativo para maximizar el rendimiento del recurso humano, promoviendo el trabajo en equipo en función de cumplir o superar los objetivos institucionales.

15. Colaborar con el director en las gestiones de promoción en la realización de actividades educativas y financieras con la participación de profesores, estudiantes, miembros de la comunidad y otras instituciones gubernamentales encaminadas a procurar mejoras en el establecimiento.

16. Colaborar en la verificación y elaboración del inventario del establecimiento.

17. Elaborar el calendario de vacaciones para los miembros del personal regido por servicio civil y contrato.

18. Velar por la permanente atención de los alumnos girando las instrucciones correspondientes en caso de la ausencia del docente.

19. Girar instrucciones para la conservación del buen estado de las instalaciones físicas, sus ambientes pedagógicos y sanitarios, de manera que siempre se encuentren en condiciones óptimas de uso para el desarrollo del proceso educativo.

20. Mantener relaciones armónicas con los padres de familia, autoridades e instituciones a fin de obtener cooperación para el desarrollo de la enseñanza.

21. Mantener comunicación permanente con el Director y el Secretario de todos los asuntos concernientes al establecimiento y notificarle por escrito y con anticipación cuando tenga que ausentarse del mismo.

22. Dirigir y supervisar la vida disciplinaria del centro educativo con la participación de los consejeros de estudiantes, personal de orientación, coordinaciones, jefaturas y docentes en general.

23. Velar por la asistencia regular de los alumnos, uso reglamentario del uniforme y concederles permiso por motivos justificados.

24. Controlar el libro de incidencias diarias y el diario pedagógico que lleva el
Departamento de Consejería.

25. Asesorar en cooperación con el Orientador, a los Consejeros de Estudiantes y
Profesores Guías, para que desarrollen una función educativa en la formación moral y social de los educandos.

26. Supervisar el cumplimiento de las disposiciones del reglamento interno de los centros educativos con internado.

27. Representar al Centro Educativo en actos oficiales dentro y fuera de la
Institución, cuando sea delegado por el Director.

28. Presentar a la autoridad inmediata superior el informe anual de labores realizadas y otros que le sean solicitados.

29. Cumplir y hacer cumplir las leyes educativas.

30. Realizar las tareas afines a su cargo, que le asigne la autoridad inmediata superior.

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
FORMACIÓN ESCOLAR.
Para Sub Directores de Centros Educativos de Educación Media
Profesor de Educación Media, Licenciados en: Pedagogía con especialidad en
Administración Educativa y Ciencias de la Educación.

EXPERIENCIA:
Para Sub Directores de Centros Educativos de Educación Media.
 Cuarta Clase:
Acreditar 5 años de experiencia en la labor docente y la Segunda Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
 Segunda y Tercera Clase:
Acreditar 7 años de experiencia en la labor docente y la Tercera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes.
 De Primera Clase:
Acreditar 12 años de experiencia en la labor docente y la Primera Categoría, extendidas por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes. Para centros de educación especializada se requiere acreditar la formación y experiencia en el campo al que aplica.

CONDICIONES ESPECIALES DEL PUESTO.
1. Ser hondureño por nacimiento,

2. Estar en el goce de sus derechos civiles,

3. No poseer antecedentes penales,

4. Aprobar el respectivo concurso,

5. Constancia de afiliación y solvencia extendida por la organización magisterial a la que pertenezca el docente,


6. Estar inscrito en el Escalafón de la Carrera Docente, acreditada mediante carné extendido por la Sub. Gerencia de Recursos Humanos Docente.